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03 junio 2009

Denunciamos la muerte de especies protegidas en una franja de salinas de San Fernando.

Hechos ocurridos: Martes 22 de marzo del 2005.

Denunciamos la muerte de especies protegidas en una franja de salinas de San Fernando.

H E C H O S:
1º En las últimas semanas se esta procediendo al tiroteo de aves protegidas, especialmente de la especie Platalea leucorodia (espátula) en una franja de salinas abandonadas comprendidas entre el paseo marítimo de San Fernando, a la altura del nuevo Mercadona, y el puente de La Baera, que linda con los esteros de CUPIMAR y el Caño mareal del Zaporito. Numerosos testigos afirman que se trata de jóvenes con carabinas de aire comprimido que se dan a la fuga en cuanto que hace acto de presencia la policía local. Por lo que hasta la fecha, según nos consta, no se ha detenido a ninguna persona relacionada con estos hechos.
2º Que algunos de los cadáveres de espátulas han sido recogidos por miembros de Ecologistas en Acción y de la Sociedad Protectora de Animales y Plantas de Cádiz, presentando numerosos impactos de balines, lo que indica un acto de ensañamiento adicional. Estos cadáveres han sido depositados, para su correspondiente necropsia, en el Zoológico de Jerez.
3º La espátula es una de las especies emblemáticas del Parque Natural, siendo su status ecológico objeto de medidas de conservación especial por parte de las autoridades ambientales de la Junta de Andalucía. Actualmente es una especie que cría en la Bahía, desde épocas recientes, por lo que cualquier impacto severo sobre sus efectivos puede poner en riesgo la conservación de su población actual.
4º Las áreas de nidificación de las espátulas en Andalucía son muy escasas, pues se reparten en tan sólo tres espacios: Doñana, las Marismas del Odiel y la isla del Trocadero, en la Bahía de Cádiz. Por lo que cualquier atentado contra esta especie resulta de una enorme trascendencia ecológica.
5º Además de las aves abatidas con carabinas, hemos podido presenciar la existencia de cadáveres de espátulas atrapados y muertos entre las redes de nylon de los esteros próximos de CUPINAR, sin que mediara, en este caso, actitud agresiva de terceros distinta a los propios sistemas disuasorios de estas instalaciones. Por lo que se confirma que, lejos de ser sistemas selectivos contra otras especies depredadoras de los "atchering", están incidiendo actualmente sobre especies no predadoras y de alto valor ecológico como la espátula.
6ª Igualmente debemos informar que en el entorno de cría de las espátulas en la Isla del Trocadero, se ha procedido a la realización de obras de acondicionamiento por parte de la empresa pública TRAGSA, sin las cautelas debidas en época de nidificación de la colonia, con lo que este hecho se añade a los anteriores, con el agravante de que esta empresa pertenece a la Junta de Andalucía, y debiera ser especialmente consecuente con las Políticas de Conservación de la propia Junta de Andalucía.



Por todo ello,
PEDIMOS:
1.- Que se persiga con los efectivos suficientes y los procedimiento policiales adecuados a los furtivos que están dando muerte a las espátulas en las zonas mencionadas, coordinando este operativo con las fuerzas de la policía local, agentes de medio ambiente y efectivos del SEPRONA.
2.- Que se constituya a la mayor brevedad posible una Mesa de Discusión sobre el problema de Conservación que amenaza actualmente a la población de espátulas del Parque, ya sea por causas de furtivismo, enfermedades que estén afectando actualmente a la especie y/o por mortandad debida a los sistemas disuasorios contra las aves predadoras de los esteros, para la búsqueda de soluciones que aseguren el futuro de su población,
4º Que se revise la actual normativa de concesión de permisos para la instalación de sistemas disuasorios contra las aves predadoras, en base a un nuevo estudio técnico que dirima sobre la idoneidad de los sistemas actuales como métodos pasivos contra la actividad predadora de las aves en los esteros. Modificándose, en su caso, los sistemas actuales para la salvaguarda e integridad de las especies no predadoras y en especial de la espátula como especie de alto valor ecológico.
5º Que se abra un investigación al respecto para esclarecer las repercusiones ecológicas que hubiera podido tener la actuación de la empresa TRAGSA sobre la población de espátulas y especialmente si éstas obras han afectado o no en el retraso de la nidificación de la colonia que crían en la Isla del Trocadero para dirimir, en su caso, las responsabilidades a que hubiera lugar.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
1º LA Bahía de Cádiz, y su Parque Natural, es una zona ZEPA (Zona de Especial Protección para las Aves), incluida en la Directiva Hábitats de la Unión Europea y la Red Natura 2000, por lo que le son de aplicación todas y cada una de las regulaciones sobre conservación de aves y preservación de sus hábitats naturales y obliga a los Estados Miembros (en este caso España) a cumplir sus prescripciones en materia de conservación.
2º La Ley IV/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Fauna y Flora silvestres, incluye en su anexo II, número 29, a la espátula (Platalea leucorodia) que regula el listado de especies que son objeto de medidas de conservación especiales en cuanto a su hábitat, con el fin de asegurar su supervivencia y su reproducción en su área de distribución

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